Pese a la concienciación sobre el cambio climático en la Unión Europea, muchas empresas hasta ahora conseguían evadir sus políticas estrictas llevando su producción a otros países externos. También para abaratar costes, muchos productos de la UE se sustituyen por importaciones de otros países con legislación más laxa. A este fenómeno se le denomina “fuga de carbono”.
Con la entrada en vigor de nuevo reglamento CBAM (de las siglas en inglés Carbon Border Adjustment Mechanism, el mecanismo de ajuste en frontera por carbono), se pretende poner un precio justo al carbono emitido durante la producción de bienes que entran en la UE.
El CBAM constituye un sistema de certificados en los que se declara que se ha pagado un precio por las emisiones de carbono implícitas en los productos importados a la UE.
Son las autoridades nacionales de cada país de la UE las que autorizan el registro de los declarantes en el sistema CBAM, así como la revisión y verificación de las declaraciones. Además, tienen potestad para vender los certificados CBAM a los importadores. El precio de los certificados se calcula en función del precio medio semanal de subasta de los derechos de emisión del RCDE UE expresado en €/tonelada de CO2 emitido.
Gracias a este sistema, se garantiza que el precio del carbono de las importaciones sea equivalente al precio del carbono de la producción nacional. Del mismo modo, es compatible con los objetivos climáticos de la UE y las normas de la ONU.
Principalmente aplica a las importaciones de determinados materiales cuya producción sea intensiva en carbono: cemento, hierro y acero, aluminio, fertilizantes, electricidad e hidrógeno.
Desde el pasado 1 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2024, el reglamento CBAM se estará aplicando de forma transitoria y gradual. Durante el primer año de aplicación, las empresas podrán elegir entre tres modalidades de notificación trimestral:
Se ha habilitado una plataforma para la presentación en diferido para aquellos declarantes que no hayan podido realizarla antes del 31 de enero por motivos técnicos.
Sin embargo, a partir del 1 de enero de 2025, la notificación solo podrá realizarse según el método UE y será obligatoria.
El 1 de enero de 2026 el sistema permanente entra en vigor. A partir de esa fecha, los importadores de los bienes afectados deberán declarar cada año la cantidad de bienes importados en la UE en el año anterior y sus GEI implícitos. Por tanto, desde dicha fecha, los importadores requerirán:
El equipo de Applus+ Certification está acreditado para realizar:
Además, disponemos de un software monitorización y seguimiento de la huella de carbono para toda la cadena de subministro.
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