Nueva ley 7/2021 de Cambio Climático y Transición Energética

22/06/2021

    La nueva ley 7/2021 de cambio climático y transición energética, tiene por objeto 3 aspectos importantes: Asegurar el cumplimiento de los objetivos del Acuerdo de París, adoptado el 12 de diciembre de 2015, firmado por España el 22 de abril de 2016, facilitar la descarbonización de la economía española, garantizando el uso racional y solidario de los recursos y promover la adaptación a los impactos del cambio climático y la implantación de un modelo de desarrollo sostenible que genere empleo decente.


     

     

     

     

     

    La ley de cambio climático y transición energética contempla una serie de medidas importantes:


    1.    Objetivos y planificación de la transición energética


    Los objetivos a 2030 son los siguientes:

    • Reducir en el año 2030 las emisiones de gases de efecto invernadero del conjunto de la economía española en, al menos, un 23% respecto del año 1990. 
    • Alcanzar una penetración de energías de origen renovable en el consumo de energía final de, al menos, un 42%.
    • Alcanzar un sistema eléctrico con, al menos, un 74% de generación a partir de energías de origen renovable.
    • Mejorar la eficiencia energética disminuyendo el consumo de energía primaria en, al menos, un 39,5%, con respecto a la línea de base conforme a normativa comunitaria.

     

    Para 2050 España deberá alcanzar la neutralidad climática y el sistema eléctrico deberá estar basado, exclusivamente, en fuentes de generación de origen renovable.


    2.    Energías renovables y eficiencia energética.


    Integración de energías renovables en el sistema eléctrico, promoviendo centrales hidroeléctricas reversibles.
    El Gobierno promoverá y facilitará el uso eficiente de la energía y el uso de energía procedente de fuentes renovables en el ámbito de la edificación.


    3.    Transición energética y combustibles


    La ley fomenta la penetración de los gases renovables, incluyendo el biogás, el biometano, el hidrógeno y otros combustibles en cuya fabricación se hayan usado exclusivamente materias primas y energía de origen renovable.


    4.    Movilidad sin emisiones y transporte

     

    • Se adoptarán medidas para alcanzar un parque de turismos y vehículos comerciales ligeros sin emisiones directas de CO2 en el año 2050.
    • Los municipios de más de 50.000 habitantes y territorios insulares deberán introducir en la planificación de ordenación urbana medidas de mitigación que permitan reducir las emisiones derivadas de la movilidad.
    • Se facilitará la instalación de puntos de recarga eléctrica.


    5.    Adaptación al cambio climático

    • Mediante un Plan nacional de Cambio climático se definirán objetivos estratégicos, indicadores y elaboración de informes de riesgo.
    • La ley contempla la integración de los riesgos derivados del cambio climático en la planificación y gestión de políticas sectoriales (hidrológica, costas, territorial y urbanística, seguridad alimentaria). Y el establecimiento de medidas para la protección de la biodiversidad y sus hábitats frente al cambio climático, y el aumento de la capacidad de captación de los sumideros de CO2.

     

    6.    Medidas de transición justa


    La ley define la publicación de una Estrategia de Transición Justa cada cinco años. Dirigido a optimizar las oportunidades en la actividad y el empleo, para la transición hacia una economía baja en emisiones de gases de efecto invernadero.


    7.    Recursos en el ámbito nacional para la lucha contra el cambio climático y la transición energética

     

    • Se establecen medidas para integrar la lucha contra el cambio climático en los procedimientos de contratación pública. Y se establece un marco para facilitar las inversiones sostenibles.
    • Se incluye la obligación de que el operador del sistema eléctrico, el Gestor Técnico del sistema gasista y la Compañía Logística de Hidrocarburos (CLH) remitan un informe en el que se haga una evaluación de los riesgos y oportunidades asociados a un sistema energético descarbonizado.

     

    8.    Educación, investigación e innovación


    Se promueve la inclusión de la educación ambiental en los currículos educativos y la apuesta por la capacitación en los empleos del futuro.


    9.    Gobernanza y participación pública.


    Se crea un Comité de Expertos de Cambio Climático y Transición Energética como órgano responsable de evaluar y hacer recomendaciones sobre las políticas y medidas de energía y cambio climático, incluidas las normativas, que elaborará un informe anual.

    Los planes, programas, estrategias, instrumentos y disposiciones de carácter general que se adopten en la lucha contra al cambio climático y la transición energética hacia una economía baja en carbono se llevarán a cabo bajo fórmulas abiertas garantizando la participación de los agentes sociales y económicos interesados y del público, en general.
     

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